16/07/2020
El ayuntamiento de Sierra Engarcerán ha convocado una ayuda directa dirigida a los autónomos que se vieron obligados a paralizar su actividad, según el RD 645/2020 de 17 de marzo que modica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo.
La ayuda consiste en un pago único de 400 € para aquellas personas físicas o jurídicas que así lo soliciten y reúnan los requisitos establecidos en el decreto que aprueba las bases de esta convocatoria, cuyo objetivo es el de ayudar a los más afectados por el cierre de sus establecimentos, contribuyendo a la reactivación de la economía local, al mantenimiento de la actividad y como consecuencia el empleo. Las bases detalladas se pueden consultar en el archivo adjunto.1. Requisitos generales 1.1 Que la actividad que desarrolla se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD645/2020 de 17 de marzo que modifica el art. 10 del RD463/20201.2 Que estén dadas de alta en el Régimen Especial de TRabajadores Autónomos y en el Censo de Obligados Tributarios en el momento de la solicitud.1.3 Que el domicilio fiscal y en su caso el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Sierra Engarcerán.1.4. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT, Autónómica, Municipal y con la Tesorería de la Seguridad Social.2.- Compatibilidad con otras subvenciones.2.1 Estas ayudas son compatibles con cualquier otra; no obstante el solicitante debe asegurarse de la compatibilidad de otras ayudas que pudiera haber solicitado.3.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.Mediante instancia general, hasta el 31 de agosto de 2020, únicamente por via telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sierra Engarcerán, aportando:3.1 Instancia general solicitando la ayuda (archivo adjunto)3.2 DNI o NIE3.3 Certificado de Situación Censal con fecha de alta o declaración alta epígrafe AIE y fecha de alta3.4 Alta en el RETA3.5 En caso de tener trabajadores, informe de Vida Laboral de la Empresa a fecha 1 de marzo 20203.6 Ficha de mantenimiento de terceros debidamente sellada por el banco y por el solicitante ( archivo adjunto)3.7 Declaración responsable (archivo adjunto)-
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